BIENVENIDA

La Oficina Municipal del Consumidor de Casas Ibáñez os saluda desde este blog, a través del cual os iremos lanzando todas las novedades e informaciones relacionadas con el mundo del consumo. Esperamos que sean provechosas.

Podéis solicitar más información en la propia oficina sita en Plaza Constitución, 9 (Centro Social), en el teléfono. 967 46 09 03 o mediante el correo omic@casasibanez.com.

viernes, 18 de marzo de 2016

Día mundial de los derechos del consumidor: ¡Haz valer tus derechos
online!

El 15 de marzo se celebra el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, una efeméride que promueve la difusión de los derechos fundamentales que asisten a los consumidores de todo el mundo, exigiendo su protección y respeto frente a los abusos de los mercados.
La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), las comunidades autónomas y el Consejo de Consumidores y Usuarios, se suman a esta celebración a través de una campaña conjunta que, bajo el lema “Tus derechos online”, se dirige este año a informar a los consumidores sobre sus derechos en el ámbito de las compras de bienes y servicios a través de Internet. 
En la legislación europea existen una serie de normas, reflejadas en el “Código de derechos en línea de la UE”, que protegen a los consumidores durante todo el proceso de realización de la transacción online.
Disponer en la vivienda particular de un servicio de conexión a Internet “básico, asequible y de buena calidad” y que exista en cada país, como mínimo, un “proveedor universal” que pueda facilitar estos servicios son algunos derechos que aparecen reflejados en el código.
Con respecto a la accesibilidad de las conexiones, el proveedor de Internet tiene la obligación de facilitar dispositivos especiales a los usuarios con discapacidades que lo precisen.
Otra buena noticia para los consumidores online es que sus datos personales tienen ahora una mayor protección, adquiriendo, entre otros, el derecho a ser informados en el caso de que una empresa disponga de sus datos, a la confidencialidad de sus comunicaciones personales y a no recibir “spam”.
Recibir una información clara y completa antes de concluir un contrato, la posibilidad de devolución de los productos no deseados, y recibir la compra realizada en un tiempo determinado, son otros derechos de los consumidores que se han visto favorecidos a partir del 14 de junio de 2014.
En el caso de que el consumidor vea vulnerados sus derechos online debe contactar, en primer lugar, con el comerciante o proveedor de servicios y, si este se niega a cooperar, el paso siguiente es dirigirse al regulador nacional de proveedores de servicios de internet. Si estas acciones no diesen resultado, se debe dirigir a la autoridad nacional respectiva de protección al consumidor o, si el proveedor está en otro país de la UE, se puede recurrir a un procedimiento alternativo u online de resolución de conflictos. El último recurso es el judicial.
El pasado día 15 de febrero entró en funcionamiento la Plataforma de resolución de litigios de consumo en línea (Plataforma ODR, Online Dispute Resolution) para toda la Unión Europea. Se trata del sitio web interactivo y multilingüe que proporcionará de manera gratuita un punto único de acceso a consumidores y empresas para informarles de la resolución extrajudicial de litigios contractuales derivados de contratos de compraventa o prestación de servicios celebrados en línea.

Cómo actuar ante una suplantación de identidad en servicios de
Telecomunicaciones

Con motivo del Día mundial del consumidor, la Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Consumidores y Usuarios recuerdan los pasos básicos que debe seguir un ciudadano que haya sido víctima de este tipo de abuso.
La contratación irregular en servicios de telecomunicaciones mediante suplantación de identidad, que suele desembocar en multitud de ocasiones en una inserción indebida en ficheros de morosidad, es un tema que preocupa especialmente a los ciudadanos y es uno de los motivos más frecuentes de presentación de reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). De hecho, el sector de las telecomunicaciones aglutina más de la mitad de las sanciones que este organismo impone al año, y también es uno de los principales ámbitos de reclamación ante las organizaciones de consumidores.
En este sentido, la AEPD y el CCU, que recientemente han firmado un Acuerdo de Colaboración, señalan la importancia de que los ciudadanos conozcan cuáles son sus derechos en relación a la privacidad y el uso de sus datos y sepan cómo exigirlos y ante qué instancias reclamar si son víctimas de este tipo de abusos. Haciendo especial hincapié en la elaboración y difusión de informaciones que permitan a los consumidores saber, cuando se produce un incumplimiento de la normativa, si existe o no un problema relacionado con la protección de datos y cuáles son los pasos a seguir en un procedimiento de reclamación o denuncia.
Por ello, el Consejo de Consumidores y Usuarios y la AEPD están diseñando  actuaciones conjuntas que tienen que ver con la divulgación de materiales elaborados por la Agencia, la formación de técnicos de consumo de las organizaciones y de la Administración, la realización de campañas o el fomento de buenas prácticas empresariales, entre otras.
En el Día mundial del consumidor, la Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Consumidores y Usuarios recuerdan los pasos que debe seguir un ciudadano que haya sido víctima de una suplantación de identidad en la contratación de servicios de telecomunicaciones:

1. Existe la opción de presentar una denuncia ante la Policía Nacional o la Guardia Civil por presunto fraude en la contratación. El afectado deberá trasladar una copia de la misma a la compañía que presta el servicio, solicitándole la cancelación de los datos.

2. Si como consecuencia de la suplantación se le estuviera exigiendo el pago de una deuda, el ciudadano puede reclamar ante las OMICS o las Juntas Arbitrales de Consumo. También puede presentar una reclamación ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones. Además, existe la posibilidad de recurrir a los Tribunales de Justicia. En todos los casos, conviene trasladar una copia de la reclamación al acreedor.

3. Si el ciudadano tiene constancia de que sus datos han sido incluidos en un fichero de morosidad a raíz de negarse a abonar ese servicio, deberá dirigirse al acreedor exigiendo la cancelación de sus datos, aportándole copia de cualquiera de los documentos recogidos en los puntos 1 y 2. Cuando, a pesar de haberlo solicitado, los datos sigan incorporados al fichero de morosidad, puede solicitar la tutela de la Agencia. Es recomendable también, si el afectado conoce quién es el titular del fichero de morosidad, enviar esos documentos solicitando la cancelación.

4. Si el ciudadano opta por acudir a la Agencia para denunciar la suplantación de identidad, es necesario indicar el servicio cuya contratación se le atribuye, indicando el número de línea asociada y añadiendo una copia de la reclamación enviada a la compañía. Si la reclamación se hubiera realizado por teléfono, será necesaria la referencia asignada durante la llamada. Es importante aportar una copia de las facturas
asociadas al servicio objeto de denuncia. Si no se dispone de facturas, se puede presentar una copia de cualquier información que indique que los datos del ciudadano figuran en los ficheros de la entidad asociados al servicio supuestamente contratado. La Agencia recomienda ejercer el derecho de acceso ante la entidad para obtener esa información. Además, si el ciudadano ya optó por acudir a alguna de las vías indicadas en los puntos 1 y 2, aportará copia de los documentos correspondientes.

Para detectar e intentar paliar la contratación irregular, la Agencia tiene previsto poner en marcha un nuevo ‘Plan sectorial de oficio en contratación de servicios de telecomunicaciones’, que está previsto que se presente este año. A partir de este Plan, la Agencia elaborará unas guías útiles orientadas al ciudadano que abordarán en detalle las diferentes situaciones y los pasos que deben seguirse en cada caso.
Baja el precio de la bombona del butano hasta los 12,46 euros


Esta reducción del precio supone un descenso del 4,9% respecto al precio actual de la bombona, que es de 13,10 €

El pasado día 14 de marzo entraba en vigor el nuevo precio máximo de la bombona de butano, quedándose en 12,46 euros, impuestos incluidos, frente al precio anterior, de 13,10 euros por bombona. El cambio supone una reducción del 4,9% y se suma a las bajadas que se han ido produciendo desde marzo de 2015, acumulando un descenso de precio superior a los cinco euros por bombona.
Este precio regulado afecta a las bombonas de butano que más comúnmente utilizan los hogares, envases con carga igual o superior a 8 kg e inferior a 20 kg, cuya tara sea superior a 9kg.
El precio máximo de la bombona se actualiza cada dos meses, en función de las cotizaciones internacionales. Para este bimestre, la bajada de precio se produce por el abaratamiento de la materia prima en los mercados internacionales (-23%) y del flete (-24,7%).
Este nuevo precio estará vigente hasta el tercer martes de mayo, cuando se revisará de nuevo según las cotizaciones internacionales.
Fuente: Ministerio de Industria

miércoles, 16 de marzo de 2016


INFORME ASUNTO VOLKSWAGEN
Elaborado por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. 
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

PROCESO DE HOMOLOGACIÓN.

En Estado Unidos la reglamentación establece las condiciones técnicas a cumplir por los vehículos, siendo los fabricantes los responsables de su cumplimiento sin que exista control previo a la puesta en el mercado por parte de la Administración. Las autoridades realizan campañas de control, cogiendo vehículos en el mercado y comprobando que se cumplen las condiciones técnicas aplicables.

En Europa, la reglamentación establece las condiciones técnicas que deben cumplir los vehículos y además establece que una entidad tercera independiente (Servicios Técnicos) deben comprobar y certificar su cumplimiento, y que en base a ello la administración de un Estado miembro emita un certificado de homologación. Siendo la homologación, un requisito previo para la matriculación de los vehículos.
Las fabricantes de vehículos pueden elegir realizar su homologación en cualquiera de los 28 Estados miembros, con independencia de donde tengan sus plantan de producción, siendo válida la homologación para toda la Unión Europea.

En España, la autoridad competente en los aspectos de homologación es el MINETUR, habiendo designado a diversas entidades como Servicio Técnico (INTA, INSIA, IDIADA, LCOE), todos ellos con una gran experiencia internacional. En concreto, para la reglamentación sobre emisiones, los servicios técnicos designados por el MINETUR son  IDIADA e INTA.
Dentro de las marcas del grupo Volkswagen,  España homologa alguno de los modelos de SEAT, realizándose el resto de homologaciones principalmente en Alemania y Reino Unido, y algún caso puntual en Luxemburgo.
Si durante la vida de los vehículos, es necesario llevar a cabo campañas de revisión de los vehículos, es la autoridad que concedió la homologación, la encargada de aprobar dichas medidas, siendo estas actuaciones válidas para todos los vehículos matriculados en todos los Estados miembros. Por lo que en el caso del grupo Volkswagen, España únicamente es responsable de la gestión con el fabricante de las medidas que apliquen a los modelos SEAT homologados en España.
Ello implica, que por ejemplo para un Volkswagen Passat homologado en Alemania pero matriculado en España, la autoridad a la que debe reportar el fabricante es la autoridad alemana, siendo esta la que debe determinar si hay o no irregularidades y en caso de existan la que debe verificar las acciones encaminadas a la reparación de los vehículos.  España lo que puede hacer, a través del MINETUR es solicitar a las autoridades alemanas la información pertinente para hacérsela llegar a AECOSAN  a efectos de que esta informe al consumidor.


REQUISITOS DE EMISIONES.

La reglamentación europea establece que los vehículos deben cumplir unos ciertos límites de emisiones medidos durante un ensayo en laboratorio en un determinado ciclo de conducción.
En base a ello, un vehículo que cumpliese, por su diseño, los límites en el ciclo de conducción establecido por la legislación europea, cumpliría la reglamentación aplicable, con independencia de cuál sea su contaminación en una conducción real.
No obstante el Reglamento Europeo de emisiones 715/2007, expresamente prohíbe el uso de dispositivos diseñados para camuflar las prestaciones de los vehículos (defeat devices). Esto es lo que han identificado las autoridades norteamericanas.

PROBLEMA DE VOLKSWAGEN NOx.

El problema consiste en que en una determinada familia de motores diesel ( EA 189) se ha instalado un software que detecta cuando el vehículo está en un recorrido típico de ensayo, y en ese caso reduce automáticamente las emisiones de los óxidos de nitrógeno de los vehículos aumentando el porcentaje de gases de escape que se recirculan nuevamente al motor.
Están afectados tres cilindradas de motores los 2.0, 1,2 y 1,6, cada uno de ellos con un fabricante distinto del sistema de inyección ( Bosch, Delphi y Conti).
Los vehículos identificados (en miles) son los siguientes:

·        5.885         Motor 2.0  TDI Bosch
·        469            Motor 1.2 TDI Delphi
·        3.617         Motor 1.6 TDI Conti.

Las medidas serán de cambio de software, pero adicionalmente será necesario en los motores 1.6 algún cambio de hardware.
El fabricante está terminando de analizar el efecto en el consumo y en la potencia máxima, aunque el grupo espera conseguir la adaptación sin cambio de estos parámetros.
Las fechas probables de inicio de llamadas a revisión serían:
·        Motor 2.0  TDI Bosch          Marzo/2016
·        Motor 1.2 TDI Delphi           Junio/2016
·        Motor 1.6 TDI Conti.            Octubre/2016

ACTUACIONES EN ESPAÑA:

1.   Contactos con el grupo Volkswagen:
Además se han mantenido reuniones técnicas para conocer la evolución de las acciones previstas por el grupo Volkwagen para llamar a revisión a los vehículos afectados, el detalle de las actuaciones previstas, las implicaciones que estas pueden tener en las prestaciones del vehículo y las fechas de llamada a revisión de los vehículos afectados.
En el caso concreto de SEAT las medidas correctoras planteadas por  SEAT para los  modelos que se homologan en España (Ibiza, León, Exeo, Altea), se consideran correctas.

No obstante, como condición previa al inicio de las modificaciones en los vehículos, SEAT  deberá remitir para su aprobación, para cada versión o conjunto de versiones de software y en el caso del motor de 1.6 litros, para cada solución o conjunto de soluciones de software y hardware, la documentación técnica necesaria que justifique la ausencia defeat device, cumplimiento de emisiones, consumo, potencia, par máximo y nivel de ruido.
En el mismo sentido y en lo que respecta a las homologaciones concedidas por cada Estado, han actuado las autoridades alemanas y se espera que hagan lo mismo las autoridades del Reino Unido y Luxemburgo.
2.   Acciones a nivel europeo:
Se ha estado en contacto con la  Comisaria Europea de Mercado Interior, Industria, emprendimiento y PYMES, al objeto de que este tema se tratase a nivel armonizado en la Unión Europea.
El Ministro ha asistido al Consejo Europeo de Competitividad celebrado el 1 de Octubre, donde ha declarado la preocupación por este problema, y donde se ha alcanzado el compromiso de delegar en la autoridad alemana las investigaciones del asunto, y se ha impulsado la reforma de la reglamentación europea para disponer lo antes posible de una reglamentación más eficaz a nivel medioambiental que dificulte el enmascaramiento de las emisiones durante los ensayos de homologación.
Se ha participado activamente en el grupo de la Comisión Europea (TCMV) donde se aprobó la propuesta de Reglamento europeo relativa a la introducción de un ciclo de ensayo a realizar en circulación real (RDE), para la medida de óxidos de nitrógeno (NOx) en vehículos diésel. La propuesta de reglamento aprobada establece unos requisitos rigurosos desde el punto de vista medioambiental, a la vez que posibles para la industria.
3.   Contactos con otros fabricantes con plantas en España:
Se ha remitido cartas a los grupo industriales que tiene plantas de fabricación en España, para que confirmen que no han comercializado ni fabricado vehículos con cualquier tipo de software o dispositivo encaminado a camuflar las emisiones reales de sus vehículos.
Los fabricantes han contestado por escrito asegurando que no disponen en sus modelos de ningún dispositivo similar al empleado por el grupo Volkswagen.
4.   Contacto con los servicios técnicos de homologación españoles:
Se ha remitido cartas a los servicios técnicos designados por el MINETUR, tanto a los servicios técnicos de homologación  INTA e IDIADA, como al servicio técnico de conformidad de la producción (FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA INNOVACIÓN INDUSTRIAL)  al objeto de que informen sobre los modelos de SEAT ensayados y controlados, y en base a los cuales se concedió la homologación por parte de MINETUR.
5.   Paralización de stocks:
Resolución del Subsecretario por la que se inicia procedimiento de revisión de oficio de las resoluciones de fines de serie, y  se ordena la suspensión de las citadas autorizaciones, en lo que atañe a los vehículos diésel euro 5 con motor EA 189, y que en total ascienden a 2.490 vehículos cuya matriculación actualmente está paralizada.
6.   Ensayos en circulación:
En diciembre se  ha iniciado una campaña, en línea con otros países de la UE, de ensayos de comprobación de las emisiones de vehículos en uso. Detalle de dicha actuación se adjunta posteriormente.

7.  Desde la Secretaría General de Industria y PYME se está realizando un seguimiento continuo y permanente de este asunto.
PROBLEMA DE VOLKSWAGEN CO2.
El 13 de diciembre el grupo Volkswagen ha informado mediante nota de prensa, que después de un análisis exhaustivo no se había encontrado ningún procedimiento ilegal relacionado con el consumo de combustible y las emisiones de CO2.
Dentro de controles internos llevados a cabo por el grupo Volkswagen, únicamente en nueve modelos de la marca Volkswagen se encontraron pequeñas diferencias de consumo de combustible de aproximadamente 0,2 l/100 km.
En relación a este aspecto indicar que en Europa, los fabricantes de vehículos pueden elegir realizar su homologación en cualquiera de los 28 Estados miembros, con independencia de donde tengan sus plantan de producción, siendo válida la homologación para toda la Unión Europea.
En relación al grupo Volkswagen, en España se homologan algunos modelos de SEAT, homologándose el resto de modelos de SEAT y todos los demás modelos de las otras marcas en Alemania, Reino Unido y Luxemburgo.
Revisados los ensayos realizados por SEAT, se indica que los ensayos realizados para determinar el valor de CO2 están de acuerdo con lo establecido en los Reglamentos 715/2007/CE y 692/2008/CE.
El grupo Volkswagen ha tenido reuniones con las autoridades de homologación de Alemania, Reino Unido, Luxemburgo y España, para explicar las investigaciones llevadas a cabo sobre este asunto, indicando que no hay ningún indicio de que los ensayos se hayan hecho de forma irregular y por tanto los valores declarados lo han sido de acuerdo a lo establecido en los Reglamentos 715/2007/CE y 692/2008/CE.
En el caso concreto de SEAT, el fabricante ha decidido revisar las homologaciones de los modelos Ibiza y León  del model  year 2016, aumentando en unos pocos gramos el valor de CO2 declarado, al objeto de garantizar al 100 % el cumplimiento durante los ensayos de conformidad de la producción.

CAMPAÑA DE ENSAYOS EN RELACION A LAS EMISIONES CONTAMINANTES
Con el fin de cumplir con las recomendaciones de la Comisión Europea sobre la verificación de las emisiones de vehículos en condiciones más asimilables a las reales,  el Ministerio de Industria, Energía y Turismo esta realizando, en línea con lo que están planteando los países de nuestro entorno, una campaña de ensayos de vehículos en el mercado.
Para ello, a partir de la primera semana de Diciembre,  se ha iniciado una campaña de verificación de las emisiones de CO2, NOx  y otros contaminantes sobre 30 vehículos,  Euro 5 y 6, homologados  en España.
La  selección de los mismos se hará en función de la penetración de los distintos modelos en el mercado nacional. Actualmente el MINETUR está finalizando el protocolo de ensayos a realizar para su envío a la Comisión Europea para la armonización de actuaciones entre los distintos Estados miembros.
Los ensayos consistirán en ensayos en circulación, con las condiciones establecidas en el futuro ciclo de emisiones en condiciones reales de conducción  (Real Driving Emissions - RDE), y en ensayos en laboratorio con ciclos diferentes al establecido en la reglamentación actual.
En esta campaña europea de vigilancia de las emisiones en el mercado van a participar un buen  número de países entre ellos Francia, Italia, Alemania, Reino Unido y  Suecia. Todos ellos se han comprometido a remitir a la Comisión Europea el resultado de sus ensayos,  al objeto de que esta disponga de información suficiente de emisiones de vehículos en el mercado que permita identificar cualquier posible anomalía, para en su caso tomar las medidas correctoras que correspondan.
Con esta campaña, de un alcance amplio y técnicamente muy compleja, el MINETUR pretende clarificar la situación de incertidumbre que se haya podido generar en el mercado  y  contribuir a una investigación de alcance europeo, inédita hasta la fecha.

El objetivo último de todo ello no es sino asegurar el más estricto cumplimiento de la legalidad, la defensa de los intereses del consumidor y la salvaguarda de la credibilidad de un sector como el de la automoción, fundamental para la industria española.  

jueves, 10 de marzo de 2016

PVPC: éstas son las horas baratas (y las caras)

Adecuar el consumo eléctrico a las horas más baratas del día aporta un ahorro adicional en la factura a los clientes con PVPC. Un céntimo de diferencia por kWh equivale a 45 euros al año para un usuario medio.
El Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, o PVPC, cambia cada día y cada hora. Para un consumidor sería absurdo estar pendiente de los cambios de precio de cada día, pero sabiendo cuáles son las franjas habitualmente más baratas, podemos trasladar parte de nuestro consumo eléctrico a esas horas para ahorrar en la factura, especialmente si se trata de grandes consumos, como poner la lavadora o el lavavajillas.
En OCU hemos preparado un gráfico en el que se ven las horas más baratas y las más caras durante el año 2015. Los clientes que tienen PVPC con discriminación horaria también tienen su propio gráfico, ya que en cada uno de sus periodos (valle y punta) también hay horas más caras y más baratas.
Durante el año 2015, el precio del kWh para un hogar medio fue de 0,1227 céntimos. Así, si se traslada parte del consumo a horas más baratas, se consigue reducir en un céntimo ese precio medio del kWh, obteniéndose un ahorro anual de 45 euros.
PVPC sin discriminación horaria
Sus  precios figuran en el gráfico de la izquierda. Los precios suben por la mañana, desde las 8:00 horas a las 14:00 horas; y también las últimas horas de la tarde.
Una buena opción es pasar los grandes consumos eléctricos a la noche y al fin de semana, sobre todo si se trata de poner la lavadora, la secadora o electrodomésticos que consuman mucho.
PVPC con discriminación horaria
El PVPC es compatible con la discriminación horaria. La amplitud de la franja valle, desde las 22:00 horas a las 12:00 horas del mediodía, y los bajos precios en ese horario, compensan el sobreprecio de las horas punta. Si se puede reducir el consumo eléctrico a partir de las 18:00 horas, se obtendrá un ahorro adicional.
Eso sí, en caso de no tener aún el nuevo contador instalado, de poco servirá mofificar los horarios de consumo. El precio, en este caso, se calcula temporalmente en base a un perfil medio, que tendrá en cuenta únicamente si se consume en horario valle y punta si se dispone de tarifa con discriminación.
Si no se tiene la tarifa PVPC, lo normal es que haya un precio fijo, que no depende ni de la evolución del precio de la luz ni de la hora a la que se consuma, por lo que el usuario no debería preocuparse de qué horas son más baratas o más caras.


¿Dónde está mi paquete?

El cierre de la empresa de paquetería OGC, dejando más de 5.000 clientes afectados, es el último de una lista que aumenta cada semana. Es necesario garantizar la protección de los consumidores ante estos casos.
Un nuevo caso de cierre inesperado, esta vez de una empresa de paquetería, deja a más de 5.000 afectados. La empresa OGC, con sede en Madrid y  varias delegaciones en España, ha cerrado de la noche a la mañana todas sus oficinas. Esta empresa se dedicaba únicamente a hacer envíos a Ecuador de paquetes pesados (al menos 30 kg, con un precio de 4,5 euros/kilo).
El resultado es que los trabajadores se han quedado en la calle de la noche a la mañana, y más de 5.000 personas no tienen  ninguna información sobre sus envíos.
Se ignora si la compañía había contratado seguros de mercancías, pero no es probable, según se deduce de los datos aparecidos en prensa (los propietarios están en paradero desconocido y el personal llevaba meses sin cobrar).
OCU aconseja a los afectados
·         El consejo para los afectados es que guarden todos los resguardos o justificantes de los envíos como prueba, por si se inicia algún proceso penal o concursal contra OGC.
·         Quienes hubieran contratado expresamente un seguro, haciendo una declaración de valor de los productos enviados, podríacontactar con la compañía aseguradora.
·         OCU se ha puesto en contacto con la Embajada de Ecuador para recabar información y facilitarla a los afectados y buscar posible soluciones.
Los consumidores no pueden pagar las consecuencias
Ante los tristemente frecuentes casos de quiebra o desaparición de los empresarios, los usuarios no saben cómo actuar ni cuáles son sus derechos.
Es necesario garantizar la protección de los consumidores, pero lo cierto es que esa protección es claramente insuficiente: en muchas ocasiones el consumidor tras haber denunciado y comenzado un proceso largo y tedioso no logra recuperar el importe reclamado al no haber suficiente masa patrimonial para liquidar a todos los acreedores. Y esto es así incluso en los sectores donde hay establecido un sistema de fianzas. Por eso, OCU exige:
·         Que los consumidores sean considerados acreedores preferentes en caso de quiebra del empresario
·         Que se establezcan mecanismos judiciales más rápidos que garanticesn soluciones ágiles para resarcir a los consumidores.

·         Se mejore el sistema de fianzas establecido para determinados sectores (como el de agencias de viaje para evitar que se repitan casos como el de Viajes Marsans). 
¿Microcréditos gratuitos?  No, gracias

No caigas a ciegas en la trampa de los microcréditos: puedes verlos como una solución momentánea, pero lo cierto es que pagarás muy caro ese préstamo: la TAE puede llegar al 3.000%. Entérate bien y valora alternativas.

Necesitas dinero urgente y te ofrecen la posibilidad de tener ya, de manera inmediata, 300 euros, sin intereses, sin reunir ningún tipo de requisitos, y teniendo por delante 30 días para devolverlo. Suena tentador... y de hecho son muchos los que caen en la trampa. No lo hagas.

Cuidado con los microcréditos
Te advertimos del peligro que entraña acudir a las empresas que ofrecen microcréditos, créditos de muy pequeñas cuantías (normalmente no más de 600 euros), a devolver en plazos muy cortos. Estas empresas han proliferado en los últimos tiempos, y además, ahora, algunas de ellas ofrecen el primer crédito gratuito, o con una pequeña comisión. El objetivo enganchar con ese señuelo a nuevos clientes... que luego lo pagarán caro.
De entrada, si llegado el vencimiento, es decir, pasados esos 30 días, no puedes devolver el dinero, te empezarán a aplicar unos intereses de demora muy elevados, hasta más del 1,5% diario.
Para un préstamo de 300 euros, 20 días de retraso suponen una penalización de 90 euros. Si puedes devolver el primer préstamo, pero sigues teniendo problemas y pides uno nuevo, te tocará pagar unos intereses desorbitados, con una TAE que en muchos casos superan el 3.000%. En la práctica, esto se traduce en pagar, por un préstamo de 300 euros, más de 100 euros de intereses en un mes.

Si necesitas dinero, no caigas en la tentación
Recurrir a este tipo de créditos solo agravará aún más el problema de quienes tienen apuros económicos: en caso de impago los costes se disparan aún más, pues te cargarán comisiones por reclamación de posiciones deudoras e intereses adicionales que harán que la deuda aumente muy rápidamente. A esto se unirá la inclusión en el registro de morosos, la posible venta de la deuda a una empresa de recobros, muchas de las cuales utilizan prácticas en los límites de la legalidad para presionar a los deudores... o incluso acabar en los tribunales de justicia.